Proveedores industriales y constructoras: recupera la liquidez atrapada en impagados
Has suministrado material o ejecutado obra, tienes pagarés devueltos y certificaciones sin pagar, y no sabes si merece la pena demandar a una empresa que puede estar vacía.
Qué resolvemos por ti
- Primero localizamos los bienes embargables del deudor, persona física o jurídica: informe en PDF por 600 € + IVA en 5 días hábiles. Si no hay nada que embargar, te ahorras el pleito.
- Con los bienes identificados, reclamamos por la vía más rápida: juicio cambiario para pagarés y cheques, monitorio para facturas y certificaciones, u ordinario cuando hay discusión técnica.
- Pedimos el embargo directamente sobre las fincas ya localizadas, sin dar tiempo al deudor a vaciar la sociedad.
- Si el deudor tiene un inmueble y quiere evitar la ejecución, se lo compramos al contado y tu deuda se cobra con el precio en la notaría.
Qué recibes en la mesa
Informe de bienes embargables con tres resultados positivos incluidos; el cuarto y siguientes, 70 € + IVA cada uno.
Criterio claro antes de gastar: te decimos si la reclamación es cobrable o no.
Consulta con el letrado por 280 € + IVA en Bilbao, San Sebastián o Madrid.
Preguntas frecuentes
- ¿Por qué buscar bienes antes de demandar?
- Porque una sentencia contra una empresa sin patrimonio no se cobra. Saber qué tiene el deudor antes de gastar en procurador y tasas cambia la decisión por completo.
- ¿Buscáis también en personas físicas?
- Sí: personas físicas y jurídicas en toda España, incluidos administradores y avalistas.
- ¿Cuánto tarda el informe?
- Cinco días hábiles desde que recibimos los datos del deudor y el pago.